A- de 2021
Ponente Jorge Enrique Ibáñez Najar
✓Demandante Chacón Luna Pablo Andrés·Demandado --
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Improcedencia por cuanto el recurso de súplica no presenta argumentos que desvirtúen las razones constitutivas del rechazo de la demanda
- Requisitos de procedencia
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Recurso de súplica.
La demanda se rechazó porque el actor no satisfizo adecuadamente los requerimientos exigidos en el auto inadmisorio.
La Sala Plena encontró que el recurso objeto de la presente decisión no fue debidamente sustentado y que el promotor de la acción se limitó a reiterar los argumentos de su demanda sin subsanar los yerros advertidos en el auto de inadmisión, o a controvertir las razones del auto cuestionado.
Se RECHAZA el recurso formulado.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- PRIMERO. Por las razones expuestas en esta providencia, RECHAZAR el recurso de suplica presentado por el ciudadano Pablo Andres Chacon Luna contra el Auto del 27 de octubre de 2021, proferido por la Magistrada Diana Fajardo Rivera, en el que se rechazo la demanda de inconstitucionalidad promovida dentro del expediente D-14425.
- SEGUNDO. Por Secretaria General, COMUNICAR el contenido de la presente decision al demandante, indicandole que contra esta providencia no procede recurso alguno.
- TERCERO. Ejecutoriada esta decision, archivese el expediente.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.